ESTABLECER a partir de la presente que el
Certificado de APTITUD PSICO-FISICA será exigido como condición” sine
quanom” para el/la aspirante con título docente, habilitante,
supletorio e idóneo que desee ejercer en la docencia activa.- APROBAR
el Instructivo -APROBAR el procedimiento administrativo que debe
realizarse para la tramitación del Examen Preocupacional, DETERMINAR
que el APTO PSICO-FISICA, para ejercer cargos u horas cátedra en
el Sistema Educativo Provincial, deberá encuadrarse en los
requerimientos que se establecen - ESTABLECER que la coordinación del
Departamento de Salud en la Escuela es la responsable de garantizar
que a la totalidad de los ingresantes al sistema educativo se les
realicen los exámenes preocupacionales ajustados a las normas
correspondientes- CREAR el REGISTRO UNICO DE APTITUD
PSICOFISICA, dependiente de la Coordinación General del Departamento de
Salud en la Escuela, quien informará al Consejo Escolar respectivo el
resultado de la documentación presentada por el aspirante.- ESTIPULAR
que los exámenes médicos detallados en el ANEXO I son
obligatorios para el/la aspirante, quien deberá proporcionar con
carácter de Declaración Jurada, la información con antecedentes médicos
y-o patologías que lo/la afecten y de los que tenga conocimiento, según
lo dispuesto en la normativa laboral vigente...
Resolución N° 1930/15.